Articulo 44 Conservación ... La Mancha

Articulo 44 Conservación de la Naturaleza en La Mancha

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Artículo 44. Reservas fluviales.

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Son reservas fluviales aquellos espacios naturales de carácter lineal que contienen ecosistemas dependientes de ríos o arroyos, de régimen permanente o estacional, que se considera necesario proteger por el grado de conservación, la singularidad o la importancia global de su biocenosis, o bien por la presencia notable de especies de fauna o flora amenazadas o de hábitats raros.