Articulo 44 Deporte de Andalucía -Derogada-
- Norma derogada excepto su Título VII, que seguirá vigente hasta tanto no entre en vigor el desarrollo reglamentario del Título IX de la Ley 5/2016, de 19 de julio. - Decreto-ley 2/2017, de 12 de septiembre, por el que se modifica la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucia.
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»Artículo 44. Programas de deporte en edad escolar.
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Los escolares andaluces podrán participar sin ningún tipo de discriminación en los planes y programas establecidos, favoreciendo con ello el desarrollo de un deporte de base de calidad. Reglamentariamente, en función de los diferentes intereses, niveles y capacidades, se establecerán los ámbitos participativos del deporte en edad escolar.
