Articulo 44 Igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia
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»Artículo 44. Formación del profesorado
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La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la consejería con competencias en materia de educación, incluirá en los planes de formación permanente para el profesorado, como materia específica, la igualdad y la violencia de género, diseñando cursos específicos de formación sobre la educación en igualdad, procurando la actualización permanente en esta materia.
