Articulo 44 Impuesto sobre la Renta de no Residentes de Álava
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»Artículo 44. Infracciones y sanciones
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Las infracciones tributarias en este Impuesto se calificarán y sancionarán con arreglo a lo dispuesto en el Norma Foral General Tributaria de Álava y en la normativa dictada en desarrollo de la misma.
