Articulo 44 Industria de C. León
Artículo 44. Sanciones.
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1. Las infracciones serán sancionadas.
a) Las leves, con multa de 300 a 3.000 euros.
b) Las graves, con multa de 3.001 a 90.000 euros.
c) Las muy graves, con multa de 90.001 a 600.000 euros.
2. En los casos en que la imposición de las multas previstas en el número anterior no permita que la sanción cumpla la función de prevención que le es propia, de manera razonada, atendiendo a la capacidad económica del infractor, la Administración podrá imponer las siguientes sanciones:
a) Infracciones graves, hasta el 5% del volumen de negocios en el último ejercicio del infractor.b) Infracciones muy graves, hasta el 10% del volumen de negocios en el último ejercicio del infractor.
3. Para determinar la cuantía de las sanciones se tendrán en cuenta las siguientes circunstancias:
a) La importancia del daño causado o del riesgo introducido.
b) El grado de participación y beneficio obtenido.
c) La capacidad económica del infractor.
d) La intencionalidad o el grado de negligencia en la comisión de la infracción.
e) El incumplimiento de las advertencias previas o requerimientos de las autoridades competentes o agentes colaboradores cuando actúen en el ámbito de la seguridad industrial.
f) La reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme. La toma en consideración de estas circunstancias sólo será posible si, previamente, no han sido tenidas en cuenta para determinar la infracción sancionable.
4. Por razones de seguridad o de protección de los derechos de los consumidores, la autoridad que resuelva el procedimiento podrá acordar la publicidad de las sanciones impuestas por infracciones muy graves, o que conlleven la suspensión de las actividades empresariales o profesionales, o el cierre del establecimiento, locales o instalaciones, cuando la resolución haya adquirido firmeza.
5. Las acciones u omisiones tipificadas en la presente Ley que lo estén también en otras, se calificarán con arreglo a la que comporte mayor sanción.
