Articulo 44 Integracion d...nmigrantes

Articulo 44 Integracion de las Personas Inmigrantes

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Artículo 44. Apoyo a la familia de las personas inmigrantes

Vigente

La Generalitat ofrecerá a las personas inmigrantes información sobre:

a) El derecho a la reagrupación familiar

b) Las ayudas públicas a la familia

c) Los medios y procedimientos que faciliten el flujo de remesas dinerarias de las personas inmigrantes hacia sus países de origen.

d) Programa de retorno voluntario.

Modificaciones