Articulo 44 Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización 2006 de la Generalitat
Ver Indice
»Artículo 44.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los contratos derivados de la ejecución de las obras de construcción del Edificio Complejo Administrativo 9 de octubre y de las infraestructuras judiciales de Paterna y Alzira podrán incluir claúsulas de pago aplazado, siempre que el Consell lo autorice expresamente para cada contrato, previo informe favorable de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo y el aplazamiento no supere en diez años el plazo real de la ejecución de la obra que se trate. Estos aplazamientos devengarán los correspondientes intereses.
