Articulo 44 Modificación de la Ley 3/1993, forestal
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»Artículo 44. Adición de una disposición adicional quinta nueva a la Ley 3/1993
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Disposición adicional quinta
Se planificarán y coordinarán desde la conselleria competente en medio ambiente las acciones adecuadas con las administraciones públicas para la lucha contra el cambio climático en el marco de la Estrategia Valenciana de Cambio Climático y Energía.
Con el fin de conseguir la coordinación adecuada, la necesaria optimización de los recursos económicos y humanos y una mejor eficacia en la obtención de los objetivos, el Consell creará la Agencia Valenciana del Cambio Climático.

