Articulo 44 Organización ...autonómico

Articulo 44 Organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico

Ver Indice
»

Artículo 44. Publicación y entrada en vigor.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Para que surtan efectos, los reglamentos autonómicos deberán publicarse íntegramente en el Diario Oficial de Galicia, y entrarán en vigor a los veinte días naturales de su publicación salvo que en ellos se disponga otra cosa.