Articulo 44 Organización ... Andalucía

Articulo 44 Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía

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Artículo 44.

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1. El número y cometido de los Departamentos se establecerá por acuerdo del Pleno, atendiendo a las razones organizativas de los trabajos a desarrollar que se estimen pertinentes.

2. La dirección de los Departamentos corresponde a los Consejeros.

3. Los equipos de auditoría, formados por funcionarios especializados y personal de apoyo administrativo, quedarán, en su caso, adscritos a los distintos Departamentos.