Articulo 44 Participación Democrática en Navarra
Artículo 44. Espacio Participativo Propio.
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Copiloto jurídico
1. Las comisiones promotoras de las diferentes Iniciativas ciudadanas recogidas en la presente ley foral dispondrán de un espacio digital, alojado en el Espacio digital de Gobierno Abierto, desde el que podrán defender su propuesta, difundirla y gestionar las firmas que logren.
2. En ese espacio digital constará el texto de la Iniciativa, la justificación de la misma, la posibilidad de firmar, la posibilidad de solicitar por primera vez el mecanismo de firma digital, un contador con las firmas recogidas hasta el momento y otro con los días que restan hasta que se agote el plazo establecido para la recogida de firmas.
3. La justificación de la iniciativa tendrá el formato que desee la comisión promotora, pudiendo ser un texto, un vídeo, un audio o cualquier tipo de formato que pueda ser alojado en el Espacio digital de Gobierno Abierto. La comisión promotora podrá cambiar en cualquier momento un formato de justificación por otro, siempre dentro del plazo establecido para la consecución de las firmas. La justificación podrá, a su vez, enlazar a otras páginas o sitios, siempre que no exista en ellos ánimo de lucro.
4. El espacio digital de participación facilitará a la Comisión Promotora los enlaces necesarios para que tanto la difusión como la recogida de firmas puedan llevarse a cabo vía internet, mediante cualquier dispositivo habilitado para ello: móviles, ordenadores, tabletas, etc.
