Articulo 44 Presupuestos 2004 C León

Articulo 44 Presupuestos 2004 C. León

Ver Indice
»

Artículo 44.ºOtros ingresos.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


Los precios de los servicios que presta la Administración de la Comunidad que no tengan regula­do el procedimiento de fijación, se aprobarán por la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Con­sejería respectiva y previo informe de la Dirección General de Tributos y Política Financiera, en la cuantía necesaria en función de los costes y niveles de prestación de tales servicios.