Articulo 44 Presupuestos 2016 La Rioja

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Artículo 44. Retribuciones del personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia.

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1. El personal funcionario de los cuerpos al servicio de la Administración de Justicia que desempeñe sus funciones en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de La Rioja percibirá las retribuciones previstas en los Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 y en la demás normativa que resulte aplicable.

2. Las retribuciones complementarias, variables y especiales de los funcionarios a que se refiere el apartado anterior experimentarán un incremento del 1% respecto de la vigente a 31 de diciembre de 2015.