Articulo 44 Reglamento de...y de Aguas

Articulo 44 Reglamento de la Administración Pública del Agua y de la Planificación Hidrológica, en desarrollo de los títulos II y III de la Ley de Aguas

Ver Indice
»

Art. 44.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Las Juntas de Explotación celebrarán dos reuniones ordinarias anuales, pudiendo igualmente reunirse con carácter extraordinario cuando así lo acuerde su Presidente, bien por propia iniciativa, bien a petición de la tercera parte de los Vocales representantes.