Articulo 44 Reglamento de...fesionales

Articulo 44 Reglamento de adquisicion y perdida de la condicion de militar y situaciones administrativas de los militares profesionales

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Artículo 44. Derechos económicos.

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Durante el tiempo de permanencia como prisionero o desaparecido, en las condiciones del artículo 40 de este reglamento, continuará percibiendo las retribuciones correspondientes a la situación administrativa en la que se encontraba.