Articulo 44 Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción Profesional ...la Admón de Justicia
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Articulo 44 Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Admón. de Justicia

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Artículo 44. Convocatoria de concursos para puestos genéricos.

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1. El Ministerio de Justicia y los órganos correspondientes de las comunidades autónomas con traspasos recibidos convocarán, dentro del primer trimestre de cada año natural y en la misma fecha, concurso de ámbito estatal para la provisión de puestos de trabajo vacantes en todo el territorio del Estado, que se ajustará a las normas establecidas en este reglamento, en las bases marco y en las propias convocatorias.

2. Las convocatorias se harán públicas en el «Boletín Oficial del Estado» y en los diarios oficiales de las comunidades autónomas de forma simultánea. Si dicha simultaneidad no fuese posible, los términos y plazos establecidos en la convocatoria se computarán a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado ».

3. En los concursos se ofertarán las plazas vacantes que determinen las Administraciones competentes y las que resulten como consecuencia del propio concurso, siempre que no esté prevista su amortización.

4. En la convocatoria para puestos de trabajo de las comunidades autónomas con competencias asumidas cuya lengua propia tenga carácter oficial, se valorará como mérito su conocimiento oral y escrito, en la forma establecida en el artículo 48 de este reglamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-12-2005 en vigor desde 28-12-2005