Articulo 44 Reglamento qu...ntaminados

Articulo 44 Reglamento que regula el régimen aplicable a los suelos contaminados

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Artículo 44. Trámite de audiencia.

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1. Conforme a lo dispuesto en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, instruido el procedimiento y con carácter previo a la emisión de la propuesta de resolución, el órgano competente en la instrucción del procedimiento lo pondrá de manifiesto a las personas o entidades interesadas para que aleguen o presenten los documentos o justificaciones pertinentes durante un plazo máximo de quince días.

2. Finalizado el trámite de audiencia, se elaborará la propuesta de resolución correspondiente, que contendrá las conclusiones del dictamen preliminar y de las alegaciones que, en su caso, se hayan efectuado.