Articulo 44 Renta de Gara...e Ingresos

Articulo 44 Renta de Garantía de Ingresos

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Artículo 44.- Suspensión del pago.

Vigente

La suspensión del derecho a la Renta de Garantía de Ingresos implicará la suspensión del pago de la prestación a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de la suspensión.