Articulo 44 Salud de C Valenciana

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Artículo 44. Derecho a la libre elección de médico y centro

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Los pacientes y personas usuarias del Sistema Valenciano de Salud, tanto en la atención primaria como en la especializada, tienen derecho a elegir médico e igualmente centro después de una adecuada información, con arreglo a los términos y condiciones que se establezcan reglamentariamente.