Articulo 44 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos
Articulo 44 Servicios de ...alvamentos

Articulo 44 Servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 44.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


Son faltas leves, además de las tipificadas en la legislación general de la función pública:

a) El descuido injustificado en la presentación personal.

b) El no presentarse con el debido uniforme, sin causa justificada, al correspondiente relevo de turno.

c) El incumplimiento de cualquiera de las funciones básicas, si no se califica como falta grave o muy grave.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-05-1994 en vigor desde 19-05-1994