Artículo 440 octodecies o...o de tasas

Artículo 440 octodecies octodecies Régimen específico de tasas

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Artículo 440 octodecies. Pago.

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El pago de la tasa ha de realizarse mediante la presentación y el ingreso de la correspondiente autoliquidación, al tiempo de la presentación de la solicitud.

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