Articulo 449 se aprueba e...lla y León

Articulo 449 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

Ver Indice
»

Artículo 449. Régimen de suelo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. En función de las características de su ámbito, a las actuaciones de regeneración urbana podrá aplicarse el régimen del suelo urbano consolidado regulado en los artículos 40 y 41, o bien el régimen del suelo urbano no consolidado regulado en los artículos 42 y 43, o bien ambos al mismo tiempo, cada uno en una parte del ámbito.

2. En las parcelas afectadas por una actuación de regeneración urbana a las que se aplique el régimen del suelo urbano no consolidado no se exigirá el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el apartado a) del artículo 48 en cuanto a la entrega de terrenos reservados para sistemas generales y para la conexión del sector con los mismos.