Articulo 45 Administración
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Artículo 45. Notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal.

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1. Salvo lo que pueda disponerse expresamente por alguna ley, a todos los efectos procesales se fija como domicilio de la Administración de la Junta de Andalucía, incluyendo las Consejerías, órganos y entidades de cualquier índole a los que se refiere el apartado 1 del artículo 41 de la presente Ley, el de la sede del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.

2. Cuando las entidades mencionadas en el apartado 3 del artículo 41 de esta Ley sean representadas y defendidas por Letrados del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, se aplicará igualmente lo dispuesto en el apartado anterior.

3. Serán nulas las notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal que no se practiquen con arreglo a lo dispuesto en este artículo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-10-2007 en vigor desde 31-01-2008