Articulo 45 Carta de Dere...Valenciana

Articulo 45 Carta de Derechos Sociales de C. Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 45. De las prestaciones para las personas afectadas de discapacidad

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


La Generalitat establecerá medidas económicas, sociales u otras necesarias para aquellas personas con algún tipo de discapacidad que contribuyan a fomentar su autonomía personal, su integración socioprofesional y su participación en la vida social de la comunidad.