Articulo 45 Establecimien... -Camping-

Articulo 45 Establecimientos de alojamiento -Camping-

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Artículo 45. Desistimiento del servicio contratado.

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1. Cuando el turista abandone la parcela antes de la fecha fijada para la salida, la empresa podrá pedir hasta el 50% del precio total de los servicios que queden por utilizar, salvo pacto específico entre las partes.

2. No procederá el cobro de cantidad alguna cuando el turista abandone la parcela por causa de fuerza mayor, debidamente acreditada.