Articulo 45 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia
Artículo 45. Funciones.
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Las Facultades y Escuelas y la Escuela Internacional de Doctorado tendrán como funciones propias, además de las que tengan asignadas con carácter general y de las que ocasionalmente puedan serle encomendadas por los órganos superiores de gobierno de la UNED, las siguientes:
a) Organizar las enseñanzas conducentes a la obtención de las titulaciones que tengan a su cargo, y coordinar la actividad docente de sus Departamentos o de otros Departamentos afectados.
b) Planificar y ordenar la gestión académica y administrativa relativa a sus enseñanzas.
c) Fomentar y coordinar el desarrollo de las actividades académicas y culturales tendentes a mejorar la calidad de la enseñanza, así como la preparación profesional y la formación humana integral de todos sus miembros.
d) Contribuir al aprovechamiento social de los conocimientos propios de su respectivo campo del saber.
- Artículo modificado (45) por Real Decreto 968/2021, de 8 de noviembre, por el que se modifican los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, aprobados por el Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre.
(BOE de 02-12-2021) en vigor desde 03-12-2021
