Articulo 45 Igualdad efectiva entre mujeres y hombres
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»Artículo 45. Igualdad de oportunidades en la carrera profesional.
Vigente
1. La Universidad de Cantabria deberá garantizar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres con relación a la carrera profesional.
2. Igualmente, la Universidad de Cantabria tendrá implementadas medidas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal para favorecer la promoción profesional y curricular de todo el personal.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 08-03-2019 en vigor desde 09-03-2019