Articulo 45 Juego y Apuestas
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»Artículo 45. -Devengo
Vigente
(DEROGADO)
Modificaciones
- Artículo modificado por DECRETO LEGISLATIVO 2/2014, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado. [Cód. 2014-18057]
(BOPA de 29-10-2014) en vigor desde 30-10-2014