Articulo 45 Memoria democrática y para la convivencia
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Artículo 45. Relación con la conselleria competente en materia de memoria histórica y democrática

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Corresponde a la persona titular de la conselleria competente en materia de memoria histórica y democrática fijar la política en dicha materia y el establecimiento de las directrices de actuación del instituto, atendiendo a las directrices trazadas por el Consell en el Plan estratégico de memoria democrática de la Comunitat Valenciana y en los programas anuales de actuación.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-11-2017 en vigor desde 13-12-2017