Articulo 45 Modificación de la Ley 3/1993, forestal
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»Artículo 45. Adición de una disposición transitoria tercera nueva a la Ley 3/1993
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Disposición transitoria tercera
Para cumplir los objetivos básicos de esta ley, los planes de ordenación de recursos forestales de las demarcaciones forestales se tramitarán y deberán quedar aprobados antes del fin de 2020.

