Articulo 45 Participación Ciudadana -Derogada-
- Se modifica el título de la presente ley, que pasa a denominarse Ley de participación ciudadana de la Comunitat Valenciana. - LEY 1/2022, de 13 de abril, de la Generalitat, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana [2022/3407]
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»Artículo 45. Medios de información para la participación ciudadana
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La Administración de la Generalitat y su sector público desarrollarán, entre otros, los medios telemáticos adecuados y accesibles para informar a la ciudadanía de las iniciativas de actuaciones públicas y de los resultados de la gestión, potenciando la implementación progresiva de procesos de participación ciudadana a través de medios electrónicos.
