Articulo 45 Presupuestos 2011 Canarias
Artículo 45.- Gestión de gastos de personal.
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La autorización y disposición de los gastos y el reconocimiento de las obligaciones derivados de la gestión de personal corresponde.
a) A las secretarías generales técnicas de los departamentos.
b) Al director general de Personal de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, respecto de los del personal docente dependiente de esa consejería.
c) Al director general de Relaciones con la Administración de Justicia, en cuanto a los del personal de él dependiente.
d) Al director general de Recursos Humanos del Servicio Canario de la Salud, los que correspondan al personal de este organismo.
e) A los órganos competentes en materia de personal de los organismos autónomos y demás entes públicos vinculados o dependientes de la Comunidad Autónoma, sometidos a régimen presupuestario, en relación con los derivados de la gestión del personal a su cargo.
f) Al director general de la Función Pública, los que se imputen al Fondo de Acción Social de la sección 19.
