Articulo 45 Presupuestos 2012 Cataluña

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Artículo 45. Fondo para las industrias culturales

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Se autoriza al Gobierno a destinar parte de la dotación del Fondo para las industrias culturales, al que se refiere el artículo 35 de la Ley 6/2004, de 16 de julio, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2004, a la participación del Instituto Catalán de las Industrias Culturales en sociedades que puedan impulsar a los sectores culturales o desarrollar proyectos culturales, de acuerdo con los requisitos legales vigentes.