Articulo 45 Presupuestos 2016 THB

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Artículo 45. -Tasas, Precios Públicos y Prestaciones Patrimoniales de carácter Público.

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1. Con efectos desde la entrada en vigor de la presente Norma Foral, los tipos de cuantía fija de las tasas de la Diputación Foral de Bizkaia se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 a la cuantía exigible en 2015.

Se exceptúan de esta elevación las tasas que hubiesen sido creadas u objeto de actualización específica por normas dictadas en 2015, así como la tasa por la venta de cartones de bingo y la tasa por la expedición de la tarjeta de identificación de los beneficiarios de la tarifa única en el servicio de «Bizkaibus».

Se consideran como tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valore en unidades monetarias.

2. Con efectos desde la entrada en vigor de la presente Norma Foral los tipos de cuantía fija de los precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público de la Diputación Foral de Bizkaia se elevan hasta la cantidad que resulte de la aplicación del coeficiente 1,01 a la cuantía exigible en 2015.

Se exceptúan de esta elevación los precios públicos y prestaciones patrimoniales de carácter público que hubiesen sido creados u objeto de actualización específica por normas dictadas en 2015, aquellos cuya actualización se realice de acuerdo a la evolución del IPC, así como los precios públicos por la prestación de servicios cartográficos, por el servicio de venta de publicaciones editadas por la Diputación Foral de Bizkaia, por la venta de impresos tributarios y por la prestación de servicios de reprografía por la Biblioteca Foral de Bizkaia.

Se consideran como tipos de cuantía fija aquellos que no se determinan por un porcentaje de la base o ésta no se valore en unidades monetarias.