Articulo 45 Presupuestos 2017 Murcia
Artículo 45. Actuaciones y pagos con cargo al Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Una vez acreditada por las entidades locales la adjudicación de los proyectos incluidos en el Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, se autoriza al titular de la consejería competente en materia de hacienda para que, en el plazo de un mes y de acuerdo con las disponibilidades de tesorería, haga efectivo el importe total de las ayudas concedidas de las obras incluidas en dichos planes. Dicho importe será depositado en una cuenta exclusiva y única para ese fin, de la que podrá disponerse, en los términos y condiciones fijados en el acuerdo de aprobación de los planes, con el siguiente detalle.
Del 50 por ciento del total se podrá disponer desde el mismo momento de su ingreso. Del 50 por ciento restante podrá disponerse, de un 25 por ciento contra presentación de certificación visada por la Administración regional de, al menos, el 50 por ciento del total de la obra adjudicada, de un 15 por ciento más, contra certificación de al menos el 90 por ciento del total de la obra, y el 10 por ciento restante, contra certificación de la finalización de cada una de las obras incluidas en dichos planes.
2. Los saldos existentes en las cuentas a que se refiere el apartado anterior, correspondientes a proyectos ya finalizados, que no puedan ser utilizados como remanentes, o que se deriven del incumplimiento de las obligaciones de la entidad local beneficiaria de la ayuda, serán objeto de reintegro a la Administración regional.
3. En el caso de que exista financiación estatal, este Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal, quedará integrado en el de cooperación económica del Estado a las inversiones de las entidades locales. En este caso, y conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el procedimiento para la concesión de estas subvenciones será el establecido en el Real Decreto 835/2003, de 27 de junio, o en la normativa que al efecto resulte de aplicación. El acto de concesión, por el titular de la Consejería de Presidencia, tendrá lugar una vez prestada la conformidad por el ministerio correspondiente al plan de cada anualidad.
4. El Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal será convocado antes del 30 de junio de 2017.
