Artículo 45 Presupuestos Generales para el año 2026 de la Comunidad de Madrid
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»Artículo 45. Gestión económica y presupuestaria.
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La gestión económica y presupuestaria del Servicio Madrileño de Salud se rige por lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, por la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, por la presente ley y las normas reglamentarias de desarrollo.
