Artículo 45 quater TR de las Disposiciones Legales de Baleares en materia de tri...edidos por el Estado
Artículo 45 quater. Reducción por excesos de adjudicación en adquisiciones por causa de muerte
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»Artículo 45 quater. Reducción por excesos de adjudicación en adquisiciones por causa de muerte
Vigente
Se establece una reducción del 100% de la parte de la base imponible correspondiente a los excesos de adjudicación en adquisiciones inmobiliarias u otros bienes indivisibles por causa de muerte, incluidos los pactos sucesorios, de los sujetos pasivos de los grupos I, II y III, siempre que haya acuerdo de los sujetos pasivos en la partición de estos bienes y no sea posible que el exceso de adjudicación imputable al sujeto pasivo se compense con otros bienes del mismo caudal hereditario.
Modificaciones
- Modificación realizada (45 quater (se añade)) por Ley 11/2023, de 23 de noviembre, de modificación del Decreto legislativo 1/2014, de 6 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la comunidad autónoma de las Illes Balears en materia de tributos cedidos por el Estado.
(BOIB de 25-11-2023) en vigor desde 26-11-2023 - Texto Original. Publicado el 07-06-2014 en vigor desde 26-11-2023