Articulo 45 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra
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»Artículo 45. Astas.
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1. Las astas de las reses de lidia en corridas de toros y novilladas con picadores estarán integras.
2. Es responsabilidad de los ganaderos y de las empresas asegurar al público la integridad de las reses de lidia frente a la manipulación fraudulenta de sus defensas.
