Articulo 45 Reglamento general de carreteras de Cataluña
Artículo 45. Concepto.
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45.1 La explotación de la carretera comprende dos tipos de operaciones:
Las operaciones de uso y defensa.
Las operaciones de conservación y mantenimiento.
45.2 Las operaciones de uso y defensa están dirigidas a la defensa de la vía y a mejorar su uso, incluidas las actuaciones referentes a la señalización, ordenación de accesos, delimitación y uso de las zonas de dominio público, de servidumbre y de afección, como también las relativas a la funcionalidad de la vía, ayuda a la vialidad y aforos de tráfico.
45.3 Las operaciones de conservación y mantenimiento incluyen todas las actuaciones necesarias para la preservación, en el mejor estado posible, del patrimonio viario. También se incluyen las actuaciones encaminadas a facilitar su utilización en correctas condiciones de seguridad, fluidez y comodidad.
