Articulo 45 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria
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»Artículo 45.-Convenios que instrumentan subvenciones.
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Cuando el convenio instrumente una subvención deberá cumplir, además de la legislación básica referida en el artículo 43 anterior, con lo dispuesto en la Norma Foral 5/2005 que regula el régimen jurídico de las subvenciones otorgadas por la Administración Foral.
Modificaciones
- Artículo modificado (45) por DECRETO FORAL de la Diputación Foral de Bizkaia 118/2018, de 4 de Septiembre de 2018, por el que se modifica el Decreto Foral 169/2014, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General Presupuestario del Territorio Histórico de Bizkaia, de desarrollo del Texto Refundido de la Norma Foral General Presupuestaria.
(BI de 12-09-2018) en vigor desde 13-09-2018
