Articulo 45 Reglamento de... -Vigente-

Articulo 45 Reglamento de la Ley 3/1993, forestal -Vigente-

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Artículo 45. Plan de acción territorial forestal de la Comunitat Valenciana (PATFOR)

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1. El PATFOR constituye el instrumento de ordenación del territorio forestal de la Comunitat Valenciana y de planificación de la gestión de los servicios que este provee, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 3/1993.

2. En desarrollo del PATFOR se elaboran los Planes de Ordenación de los Recursos Forestales y los Instrumentos Técnicos de Gestión Forestal.

3. Son Instrumentos Técnicos de Gestión Forestal los siguientes:

- Los Proyectos de Ordenación de Montes.

- Los Planes Técnicos de Gestión Forestal.

4. El ámbito de aplicación del PATFOR está constituido por todos los terrenos forestales de la Comunitat Valenciana, con independencia de su titularidad.

5. Como plan de acción territorial sectorial, incorpora los objetivos y principios directores de la Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.

6. Las determinaciones contenidas en el PATFOR vincularán tanto a las personas físicas como a las personas jurídicas, sean públicas o privadas.

7. El PATFOR se revisará con carácter general cada quince años, pudiéndose modificar cuando concurran circunstancias que alteren sustancialmente las condiciones físicas o jurídicas conforme a las cuales se aprobó, o cuando las circunstancias así lo aconsejen.

8. El PATFOR se revisará siguiendo el procedimiento establecido para su aprobación.