Articulo 45 Servicios sociales inclusivos
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Artículo 45. Alcance del Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana

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1. El Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana tendrá carácter vinculante para las administraciones públicas, sector público instrumental y para aquellas entidades de iniciativa privada que colaboren con estas en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales.

2. En el caso de las entidades de iniciativa privada no integradas en el Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales, el Plan estratégico de servicios sociales de la Comunitat Valenciana tendrá carácter indicativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 21-02-2019 en vigor desde 21-03-2019