Articulo 45 Sistema Universitario Vasco
- Todas las referencias normativas efectuadas a la Agencia de Evaluación de la Calidad y Acreditación del Sistema Universitario Vasco se entenderán realizadas a Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco. - LEY 13/2012, de 28 de junio, de Unibasq-Agencia de Calidad del Sistema Universitario Vasco.
Ver Indice
»Artículo 45. Principios generales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. La formación profesional, científica, técnica, artística, cultural y humana de los estudiantes y las estudiantes constituye, junto con la investigación, parte esencial del contenido del servicio a la sociedad que lleva a cabo el sistema universitario vasco.
2. La docencia en la universidad es un derecho y un deber de los profesores y profesoras, que han de atender con la máxima eficiencia y rigor científico.
