Articulo 45 TR Disposiciones legales en materia de tributos cedidos
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Articulo 45 TR. Disposiciones legales en materia de tributos cedidos

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Artículo 45. Tipos de gravamen.

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Los tipos de gravamen de la tasa sobre rifas, tómbolas, apuestas y combinaciones aleatorias serán.

1. Rifas y tómbolas.

a) Un tipo general del 15 por ciento.

b) Las rifas y tómbolas declaradas de utilidad pública o benéfica tributarán a un tipo reducido del 5 por ciento.

2. Apuestas.

a) Un tipo general del 10 por ciento.

b) El tipo aplicable a las apuestas de contrapartida y cruzadas será del 12 por ciento.

c) El tipo aplicable a las apuestas sobre acontecimientos deportivos, de competición o hípicas será del 15 por ciento.

3. Combinaciones aleatorias.

Un tipo del 10 por ciento.

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