Articulo 45 Turismo de Navarra
Ver Indice
»Artículo 45. Profesionalización del sector turístico.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La Administración de la Comunidad Foral fomentará la profesionalización de los recursos humanos del sector turístico, a cuyo fin promoverá la realización de planes de formación tanto integral como sectorial.
