Articulo 453 Reglamento general de la Ley 2/2014, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca
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»Artículo 453. Competencia para iniciar, instruir y resolver
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Modificaciones
- Artículo modificado (453 (se deroga)) por Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears
(PM de 29-12-2017) en vigor desde 01-01-2018
