Articulo 454 se aprueba e...lla y León

Articulo 454 se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León

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Artículo 454. Áreas de regeneración urbana integrada.

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1. Las actuaciones de regeneración urbana podrán ser declaradas «área de regeneración urbana integrada» por la Administración de la Comunidad, cuando articulen medidas sociales, ambientales y económicas que estén enmarcadas en una estrategia administrativa global y unitaria.

2. La declaración requerirá la formulación de un convenio urbanístico con participación de los residentes, y tendrá como efecto la habilitación para recibir financiación pública preferente.