Articulo 455 Código del D... de Aragón

Articulo 455 Código del Derecho Foral de Aragón

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Artículo 455. Facultades de liquidación.

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El fiduciario puede solicitar la liquidación de la comunidad conyugal disuelta y tiene además las facultades de liquidación y división de la misma señaladas en el artículo 259.