Artículo 455 Régimen específico de tasas
Ver Indice
»Artículo 455. Hecho imponible.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Constituyen el hecho imponible de esta tasa las actuaciones administrativas inherentes a la iniciación de los procedimientos siguientes:
a) Procedimientos para autorizar centros para impartir formación profesional (grados C - certificados profesionales).
b) Procedimientos para inscribir centros para impartir formación en el trabajo (especialidades formativas).
Modificaciones
- Modificación realizada (455) por Ley 6/2025, de 23 de julio, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Illes Balears para el año 2025.
(PM de 24-07-2025) en vigor desde 25-07-2025 - Artículo modificado (455 (se añade)) por Ley 8/2013, de 23 de diciembre, de presupuestos generales de lacomunidad autónoma de las Illes Balears para el año2014
(PM de 31-12-2013) en vigor desde 01-01-2014
