Artículo 458 bis Régimen ...o de tasas

Artículo 458 bis Régimen específico de tasas

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Artículo 458 bis. Hecho imponible.

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Constituyen el hecho imponible de esta tasa las actuaciones administrativas inherentes a la tramitación del procedimiento para verificar el cumplimiento de los requisitos de las personas formadoras para la inscripción en el Registro público de personas formadoras para impartir acciones formativas conducentes a obtener certificados de profesionalidad de las Illes Balears.

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